Un reciente informe oficial solicitado por la diputada Andrea Ballivián evidencia que al menos 36 exfuncionarios y exlegisladores de la gestión anterior abandonaron Bolivia, pese a que la legislación vigente les prohibía salir del país por un período determinado tras dejar sus cargos. La documentación revela que, en muchos casos, estas personas incluso regresaron al país sin que existieran medidas de control efectivas por parte de la Dirección General de Migración.
Según el boletín de prensa emitido por la oficina de la parlamentaria, la norma incumplida era clara: la Ley N° 1352, vigente desde 2020, obligaba a los exautoridades a permanecer en territorio nacional durante tres meses después de finalizar su mandato. Sin embargo, al menos un Ministro de Estado, un Viceministro, dieciocho Diputados, cinco Senadores, un Magistrado y otros exfuncionarios desobedecieron esta obligación, lo que constituye un incumplimiento sistemático de la ley. Entre los nombres identificados figuran el exministro Edgar Montaña, el exviceministro Elmer Catarina, el exdirector de Naabol Elmer Pozo, el exdirector de la DGAC José García Terceros y la exdirectora del servicio de Despatriarcalización.
La diputada Ballivián denunció que Migración conocía la existencia de la Ley N° 1352 y contaba con los listados oficiales remitidos por la Contraloría General del Estado, por lo que permitir estas salidas no fue resultado de un error ni desconocimiento. La actuación del organismo se limitó a advertencias verbales, sin controles administrativos ni registro documental, dejando en evidencia una inacción prolongada que permitió el incumplimiento durante varios meses.
El informe destaca que la prohibición efectiva de salida del país comenzó a aplicarse únicamente en diciembre de 2025, tras la emisión de la Resolución Camaral 07/2025, la cual exigió expresamente a la Dirección General de Migración impedir la salida de exautoridades que habían cesado en sus funciones. Antes de esta resolución, la Ley N° 1352 ya otorgaba al Estado la capacidad legal para ejercer controles, pero Migración no activó medidas preventivas ni alertas migratorias.
El incumplimiento se torna aún más grave al considerar el marco normativo existente: la Ley N° 370 faculta a Migración a regular entradas y salidas del territorio nacional, a fiscalizar y sancionar irregularidades, y a ejercer control migratorio sobre todas las personas que entran o salen del país. Además, la Resolución Camaral 07/2025 reforzó la obligación de permanencia para exautoridades. Pese a contar con estas herramientas legales suficientes, Migración no implementó controles especiales, notificaciones formales ni registro documental que respaldara sus acciones, limitándose a medidas verbales sin efecto administrativo.
El caso evidencia serias falencias en el control migratorio y la implementación de las normas que regulan la salida de exautoridades, generando cuestionamientos sobre la capacidad del Estado para garantizar el cumplimiento de sus propias leyes y resguardar el orden legal en el ejercicio de cargos públicos. (Los Tiempos)


